viernes, 22 de octubre de 2010

Inocencio Arias... ¿Cómo se puede tener tanto morro?

El cónsul general de España en los Ángeles, Inocencio Arias, se afana en defenderse de las acusaciones vertidas contra él por discriminar a las parejas del mismo sexo a la hora de inscribir a los hijos nacidos en su demarcación consular. En un artículo en el diario Publico, Arias califica esa acusación como “una memez” y afirma que se limita a aplicar la ley española.

Sin embargo, él mismo se delataba cuando en unas declaraciones a La Vanguardia afirmaba que todas las denegaciones de inscripción habían sido a hombres homosexuales. ¿Acaso las parejas heterosexuales no recurren a la gestación subrrogada?

Hay muchos testimonios anónimos de parejas heterosexuales que han registrado sin problemas en el consulado de Los Ángeles a sus hijos nacidos por gestación subrogada. Pero no hacen falta los testimonios, el propio consulado publica sus datos de actividad de los que se pueden deducir muchas cosas. Solo hay que visitar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y hacer un par de operaciones con una calculadora.

Si calculamos la tasa de natalidad de los españoles residentes en la demarcación del consulado de los Ángeles durante el 2008 nos da un resultado de 50,1 por mil. Esto es cinco veces mayor que la tasa de natalidad de los españoles residentes en España o en otras demarcaciones consulares (9,8 por mil en 2008).  ¿Como se explica que los españoles residentes en la esquina suroeste de EEUU procreen con tanta alegría? ¿Qué pensaba Inocencio Arias de que los Españoles de su demarcación consular tuvieran una de las tasas de natalidad mayores del planeta, solo superada por Níger?


Pero las cifras de los años anteriores son muy similares y cuadran con una tasa de natalidad que va creciendo al ritmo en que las agencias de subrogación californianas van aumentando su actividad, ¿No será que el señor cónsul estaba permitiendo el registro de hijos de parejas heterosexuales no residentes?

El primer argumento del cónsul en sus resoluciones denegatorias es que la inscripción ha de realizarse en el Registro Civil central de Madrid al tratarse de padres no residentes en la demarcación consular. Por  tanto hace falta viajar a Madrid y para ello es necesario tener un pasaporte. ¿Pero como va a viajar la familia a Madrid si al niño le han denegado el pasaporte? Si esto fuera así, los españoles que tienen hijos en el extranjero sin ser residentes allí, tendrían que abandonarlos durante el año que tarda el  Registro Civil central en resolver la inscripción. Como diría Don Inocencio: (¡que no hombre, que no!)

El segundo argumento del señor Arias era la constatación de que los progenitores eran dos varones y por tanto deducía que habían sido padres por gestación subrogada. Aplicando la misma lógica, podríamos deducir que la actuación de Inocencio Arias ha sido homófoba.

No hay comentarios:

Publicar un comentario