Estimada Señora, vaya por delante que no la conozco de nada ni tengo datos sobre usted, pues ni siquiera sé su nombre, dado que no figura en los escritos que me ha remitido. Pero el evangelio y el dicho dicen que por sus obras los conoceréis. Y es de sus obras de lo que vengo a hablarle.
Usted me ha denegado la prestación o subsidio por paternidad.
Inicialmente dijo que no me encontraba en ninguna de las situaciones protegidas. Como si mi hijo no hubiera nacido. Como si fuera una entelequia que yo había maquinado para lograr… ¿qué? ¿Unas vacaciones pagadas a consta del esfuerzo de otros españoles? Lo ignoro, pero esa fue su respuesta. Sin más.
Presenté un recurso con las razones legales que entendía me asistían, y sobre todo asistían a mi hijo, para tener derecho a la prestación. Usted, en vez de responder al recurso, se ha limitado a invitarme a presentar el certificado de la inscripción del niño en el Registro Civil español. No sé si con esto reconoce que SI tengo derecho a la prestación y ahora de lo que se trata es de un defecto de forma.
Me solicita un documento que no poseo en la actualidad, pues estamos pendientes de la inscripción en el Registro Civil español de nuestro hijo, por vía administrativa. Pero, Señora Directora, ¿en que artículo de la Ley de Conciliación de la vida familiar y laboral o de la Ley General de la Seguridad Social dice que un niño no tiene derecho a ser cuidado por sus padres legales si no está inscrito previamente en el Registro Civil español?
Inicialmente dijo que no me encontraba en ninguna de las situaciones protegidas. Como si mi hijo no hubiera nacido. Como si fuera una entelequia que yo había maquinado para lograr… ¿qué? ¿Unas vacaciones pagadas a consta del esfuerzo de otros españoles? Lo ignoro, pero esa fue su respuesta. Sin más.
Presenté un recurso con las razones legales que entendía me asistían, y sobre todo asistían a mi hijo, para tener derecho a la prestación. Usted, en vez de responder al recurso, se ha limitado a invitarme a presentar el certificado de la inscripción del niño en el Registro Civil español. No sé si con esto reconoce que SI tengo derecho a la prestación y ahora de lo que se trata es de un defecto de forma.
Me solicita un documento que no poseo en la actualidad, pues estamos pendientes de la inscripción en el Registro Civil español de nuestro hijo, por vía administrativa. Pero, Señora Directora, ¿en que artículo de la Ley de Conciliación de la vida familiar y laboral o de la Ley General de la Seguridad Social dice que un niño no tiene derecho a ser cuidado por sus padres legales si no está inscrito previamente en el Registro Civil español?
Yo no lo he encontrado.
La realidad, Señora Directora, es que su decisión y su actitud han perjudicado a mi hijo. Usted ha hecho saltar por los aires la conciliación de la vida familiar y laboral.
Por que le consta que he tenido un hijo.
Sabe que es hijo mío.
Sabe que tiene derecho a ser atendido por su padre.
Tiene el certificado de nacimiento del niño, certificado que ya ha sido aceptado por otras instancias del Ministerio al que usted pertenece.
Sabe que cumplo los requisitos exigidos por la Ley.
Su decisión personal, que no la legislación española, le han causado a mi hijo un daño que no va a poder reparar. Es así de simple.
Espero que se sienta satisfecha en su despacho. Que se sienta cómoda con sus decisiones. Espero que se sienta orgullosa de saber que niega los derechos a un menor por que no reconoce una documentación que es legal es España y en Europa.
Como es lógico voy a seguir peleando. El daño está hecho, pero al final del camino sé que reconocerá los derechos de mi hijo.
Luego que su conciencia la juzgue.
Le deseo un buen día.
La realidad, Señora Directora, es que su decisión y su actitud han perjudicado a mi hijo. Usted ha hecho saltar por los aires la conciliación de la vida familiar y laboral.
Por que le consta que he tenido un hijo.
Sabe que es hijo mío.
Sabe que tiene derecho a ser atendido por su padre.
Tiene el certificado de nacimiento del niño, certificado que ya ha sido aceptado por otras instancias del Ministerio al que usted pertenece.
Sabe que cumplo los requisitos exigidos por la Ley.
Su decisión personal, que no la legislación española, le han causado a mi hijo un daño que no va a poder reparar. Es así de simple.
Espero que se sienta satisfecha en su despacho. Que se sienta cómoda con sus decisiones. Espero que se sienta orgullosa de saber que niega los derechos a un menor por que no reconoce una documentación que es legal es España y en Europa.
Como es lógico voy a seguir peleando. El daño está hecho, pero al final del camino sé que reconocerá los derechos de mi hijo.
Luego que su conciencia la juzgue.
Le deseo un buen día.
Madre mía! Se me ha puesto la piel de gallina al
ResponderEliminarLeer este artículo. Es tan triste que no se trate igual a los niños hayan nacido, como hayan nacido. Cuando traje a Markel en mi empresa sucedía lo mismo. No me querían dar los días que me correspondían por derecho para cuidarle. Al pedir reduccion de jornada me sucedió lo mismo. La ley no me amparaba por haber sido madre por Subrogacion. Espero que en España se aclare pronto este tema. Me gustaría tener un niño más por este método, pero ufffffff!! Por muy bien que me hicieran sentir en mi clínica, la ley aquí frena mi decisión. Un saludo amigos!